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Real Decreto-Ley 9/2025: ampliación del permiso por nacimiento y cuidado del menor

Actualizado hace más de una semana

El 30 de julio de 2025 se publicó en el BOE el Real Decreto‑Ley 9/2025, que completa la transposición de la Directiva (UE) 2019/1158 sobre conciliación de la vida familiar y laboral. Entre sus novedades laborales más relevantes, destaca la ampliación del permiso por nacimiento y cuidado del menor.

📌 Principales novedades en vigor desde el 31 de julio de 2025

Permiso por nacimiento y cuidado del menor

  • Se amplía hasta 19 semanas retribuidas para cada progenitor (anteriormente 16 semanas), y hasta 32 semanas retribuidas en caso de familias monoparentales:

    • 17 semanas hasta que el menor cumple los 12 meses, 28 semanas en el caso de familias monoparentales.

    • 2 semanas adicionales retribuidas y disponibles en períodos semanales, hasta que el menor cumpla 8 años. En casos de familias monoparentales son 4 semanas adicionales para llegar al total de esas 32 semanas.

  • Se mantiene la prestación al 100% de la base reguladora, financiada por la Seguridad Social.

Desglose de disfrute

  • Las primeras 6 semanas tras el parto/adopción son obligatorias en todos los casos.

  • 11 semanas disponibles en períodos semanales, hasta que el menor cumpla 12 meses, 22 semanas en el caso de familias monoparentales.

  • Las 2 semanas retribuidas restantes ya mencionadas, o 4 en caso de familias monoparentales, hasta que el menor cumpla 8 años.

Permiso parental no retribuido

  • Se mantiene el permiso parental voluntario de 8 semanas no retribuidas, en este sentido no ha habido cambios.

Ámbito público y privado y autonom@s

  • La extensión aplica tanto al sector privado como público, así como a trabajadoras/es autónomos.

Entrada en vigor y retroactividad

Entra en vigor el 31 de julio de 2025, día siguiente de su publicación en el BOE.

  • Para nacimientos/adopciones a partir del 31 de julio de 2025, ya es posible disfrutar las 2 semanas adicionales junto a las 17 semanas iniciales (es decir, hasta 19 semanas seguidas si se desea).

  • Para nacimientos/adopciones entre el 2 de agosto de 2024 y el 30 de julio de 2025, la retroactividad solo aplica a esas 2 semanas adicionales, pero su disfrute será posible a partir del 1 de enero de 2026.


✅ Comparativa con Real Decreto‑Ley 5/2023

Elemento

RDL 5/2023

RDL 9/2025

Permiso por nacimiento

16 semanas
obligatorias por
progenitor

17 semanas
retribuidas
, con 2
adicionales flexibles
hasta 8 años
(28+4 en
monoparental)

Permiso parental

8 semanas no
retribuidas

Se mantienen

Ambito de aplicación

Privado y público

Igual

En definitiva, el RDL 9/2025 consolida y mejora la regulación anterior, especialmente en el terreno de la conciliación efectiva para familias monoparentales y la temporalidad de permisos para cuidado del menor. Aunque muchas entidades siguen reclamando la retribución del permiso parental que ya se ha llegado a conceder en alguna sentencia.

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