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¿Cuáles son los requisitos legales y fiscales para desplazar a un trabajador al extranjero?

Actualizado hace más de un mes

🚀 ¿Necesitas desplazar a un empleado al extranjero y no sabes qué obligaciones legales se requieren? En el siguiente artículo te detallamos los requisitos fiscales y de Seguridad Social que deberás tener en cuenta.

El régimen de un trabajador desplazado es siempre temporal. Dependiendo del país de destino y los acuerdos bilaterales que España tenga con dicho país, se establecerán los siguientes aspectos:

  • Duración máxima del desplazamiento

  • Características y regulación del régimen de trabajo en el extranjero

¿Cuáles son las obligaciones en materia laboral?

Los requisitos laborales varían dependiendo de la parte contractual obligada al cumplimiento. A continuación, se detallan los casos específicos:

  1. Trabajadores desplazados por cuenta ajena en un Estado miembro:

    • Estarán sujetos a la legislación del primer Estado miembro si:

      • La duración del desplazamiento no supera los 24 meses.

      • El trabajador sustituye a otra persona previamente desplazada. (Artículos 12.1 y 12.2 del Reglamento 883/04 y artículo 14 del Reglamento 987/09).

  2. Trabajadores que ejercen su actividad en dos o más Estados miembros:

    • Si ejercen una parte sustancial de su actividad en su Estado de residencia, estarán sujetos a la legislación del Estado de residencia.

    • Si no ejercen una parte sustancial de su actividad en el Estado de residencia, estarán sujetos a la legislación del Estado donde la empresa tenga su sede o domicilio.

  3. Trabajadores contratados por dos o más empresas:

    • Si las empresas tienen sus sedes en un solo Estado miembro, se aplicará la legislación de ese Estado.

    • Si las empresas tienen sedes en dos o más Estados miembros, y uno de ellos es el de residencia del trabajador, la legislación aplicable será la del Estado de residencia.

    • Si al menos dos empresas tienen sedes en diferentes Estados miembros, la legislación aplicable será la del Estado de residencia del trabajador.

Del empresario

El desplazamiento de trabajadores a España está regulado por la Ley 45/1999 y la Directiva 96/71/CE, que establece los requisitos para el desplazamiento de trabajadores de un Estado miembro de la UE a otro. Uno de los principales requisitos es:

Comunicar el desplazamiento a la Seguridad Social:

  • Plazo: La comunicación debe realizarse antes del desplazamiento, independientemente de su duración.

  • Método: La presentación se realiza electrónicamente mediante el modelo TA.300 en la sede de la Seguridad Social.

Procedimiento:

  • Formulario A1: La Tesorería General de la Seguridad Social enviará el Formulario A1 a la empresa una vez que reciba la solicitud. Este formulario acredita que el trabajador está sujeto a la legislación española de Seguridad Social y no debe cotizar en el país de destino.

  • Cobertura Sanitaria: Esta comunicación también garantiza la cobertura sanitaria del trabajador en el país de destino.

Duración del Desplazamiento:

  • El plazo máximo de desplazamiento será de 24 meses.

  • Para los trabajadores con contrato indefinido, el máximo será de 24 meses. Si el contrato no es indefinido, la duración será la del contrato, pero sin superar los 24 meses.

ℹ️ Si se prevé una duración superior a 2 años, el trabajador puede cambiar al sistema de Seguridad Social del país al que se ha desplazado o solicitar seguir adscrito al sistema del país de origen, para lo que se requiere un acuerdo entre los países implicados.

Información que debe incluir el modelo:

  • Datos identificativos de la empresa y del trabajador.

  • Duración del desplazamiento, con fechas de inicio y fin.

  • Identificación y ubicación del centro de trabajo donde el empleado prestará servicios.

  • Naturaleza de los servicios del trabajador desplazado.

  • Datos del representante de la empresa.

Las comunicaciones del desplazamiento se ponen en conocimiento tanto de la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social, como de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.

💡 Durante el periodo de desplazamiento la obligación de cotizar no cesa, el trabajador sigue estando en situación de asimilada al alta en la Seguridad Social.

Del trabajador

Solicitar la Tarjeta Sanitaria Europea

  • ¿Qué es?: La Tarjeta Sanitaria Europea acredita el derecho a recibir atención médica necesaria durante una estancia temporal en el Espacio Económico Europeo o Suiza, ya sea por motivos turísticos o profesionales.

  • Duración: Esta tarjeta tiene una validez de 2 años.

¿Cuáles son las obligaciones en materia fiscal?

Estas obligaciones dependerán de que el trabajador adquiera o no la condición de residente fiscal en el país de destino.

¿Cómo se determina la residencia fiscal?

Para determinar la residencia fiscal, es necesario revisar lo dispuesto en el convenio de doble imposición firmado con el país de destino, ya que establece las reglas para determinar la residencia fiscal.

Según el artículo 9 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas:

  • Un contribuyente tiene su residencia fiscal en España si permanece en territorio español más de 183 días en un año natural.

  • Si un trabajador va a estar desplazado más de 183 días en un mismo año, puede perder su condición de residente fiscal español. En ese caso, deberá informar a Hacienda mediante la presentación del modelo 247, notificando que dejará de ser residente fiscal en España.

¿Qué implicaciones tendrá?

Retención de IRPF:

  • Si el trabajador es residente fiscal en un país europeo, la retención de IRPF será del 19%.

  • Si el trabajador es residente fiscal en un país fuera de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo, o Noruega e Islandia, la retención será del 24%.

En caso de residir fuera del territorio español y prestar servicios en el extranjero, existe la posibilidad de no tributar en España. En este escenario, no se aplicarán retenciones de IRPF en el país, pero será necesario declarar y tributar las rentas mundiales en el país del desplazamiento.

💡 Para decidir qué condición es más beneficiosa es recomendable asesorarse fiscalmente con un profesional dedicado a ello, que tenga en cuenta todos los rendimientos e intereses personales del empleado.

¿Qué implica la presentación del modelo 247 y cuándo debe presentarse?

Independientemente de la legislación del país de destino, el desplazado tendrá la obligación de tributar allí si pierde la residencia fiscal española.

Por ello, será necesario que el trabajador confeccione el Modelo 247 por el cual se anticipa la comunicación de los efectos del cambio de residencia en la aplicación del sistema de retenciones.

¿Cómo se regula la fiscalidad de las percepciones de un trabajador?

Si el trabajador no pierde la residencia fiscal española, puede declarar sus retribuciones en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) siguiendo dos criterios:

  • Desplazamiento menor de 9 meses:

    • Si el trabajador va a permanecer desplazado menos de 9 meses, las dietas percibidas pueden ser consideradas exentas.

    • Si cumple con los requisitos del artículo 7p de la Ley de IRPF, podrá aplicarse una exención para las retribuciones percibidas por trabajadores desplazados, con un límite de 60.100 euros anuales.

  • Desplazamiento mayor de 9 meses:

    • Incompatibilidad con el régimen de excesos: Si el trabajador permanece desplazado más de 9 meses, y la suma de sus dietas y retribuciones supera el límite para aplicar la exención del artículo 7p, esta exención será incompatible con el régimen de excesos establecido en el artículo 9.a.3 B) del reglamento del IRPF.

¿Qué debe hacer un trabajador desplazado a un país sin convenio bilateral con España?

Si un trabajador es desplazado a un país que no tiene convenio bilateral con España, deberá realizar algunos trámites importantes para garantizar su situación legal y fiscal.

En este caso, no será posible presentar el Modelo TA.300. En su lugar, será necesario tramitar el Modelo DP-90 para informar a la Seguridad Social española sobre el desplazamiento y mantener la situación asimilada al alta. Sin embargo, debido a la falta de convenio, el trabajador no contará con cobertura sanitaria, por lo que será imprescindible contratar una póliza médica privada.

En términos fiscales, el trabajador será considerado residente fiscal en España durante los primeros 183 días del año natural. Una vez superado este período, perderá la residencia fiscal en España y deberá revisar las regulaciones fiscales del país de destino para cumplir con sus obligaciones tributarias.

💡 Asegúrate de contratar una póliza médica privada antes del desplazamiento para garantizar la cobertura sanitaria en el país de destino.

¿Tienes alguna duda al respecto? Pregunta a Copilot y, si necesitas más ayuda, contacta con nosotros directamente desde ahí.

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