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¿Cómo se gestionan los regímenes forales tributarios en el País Vasco y Navarra?

Actualizado hace más de un mes

🚀 ¿Gestionas impuestos en el País Vasco o Navarra?
Descubre cómo funcionan los regímenes forales tributarios y aprende a presentar tus declaraciones correctamente según las normativas de cada comunidad. ¡Te explicamos todos los detalles paso a paso!

La gestión tributaria en España está centralizada en la Agencia Tributaria, pero las comunidades forales del País Vasco y Navarra tienen régimen tributario propio, lo que implica diferencias clave en cómo se presentan ciertas declaraciones.

La Agencia Tributaria es la responsable de la correcta aplicación del sistema tributario estatal y aduanero, así como de los recursos de otras Administraciones Públicas nacionales o de la Unión Europea, cuya gestión se le delega por ley o convenio.

En este sentido, existen dos regímenes forales específicos aplicables a la Comunidad Autónoma del País Vasco y a la Comunidad Foral de Navarra, los cuales se caracterizan por tener potestad para mantener, establecer y regular su propio Régimen Tributario.

Esto supone que las declaraciones tributarias que declaran e ingresan las retenciones e ingresos a cuenta del IRPF practicados a trabajadores y profesionales, el conocido Modelo 111, no se presenta en la Sede Electrónica de la AEAT Estatal para estas comunidades.

¿En qué consisten los regímenes forales tributarios del País Vasco y Navarra?

El sistema tributario y de financiación del País Vasco está regulado por la Ley 12/2002, de 23 de mayo, y determina que esta comunidad cuenta con un régimen tributario propio con capacidad normativa y de gestión.

La competencia tributaria de la comunidad vasca reside en las instituciones de sus tres territorios históricos:

  • Álava.

  • Vizcaya.

  • Guipúzcoa.

El reino de Navarra, por su parte, tiene potestad para mantener, establecer y regular su propio régimen tributario. La Hacienda Pública de Navarra ostenta las mismas facultades que la AEAT en cuanto a exención, gestión, liquidación, recaudación y revisión de los tributos propios de la Comunidad Foral. Este territorio cuenta con su propia norma general tributaria, la Ley Foral 13/2000, de 14 de diciembre.

Por lo tanto, las declaraciones tributarias realizadas en estas comunidades con regímenes forales se presentarán en modelos y sedes distintas a la de la Agencia Tributaria Estatal.

Navarra

La presentación de las declaraciones tributarias en Navarra se realiza a través de la Sede Electrónica de la Hacienda de Navarra utilizando los siguientes modelos:

  • Modelo 715: Para retenciones de IRPF trimestrales.

  • Modelo 745: Para retenciones de IRPF mensuales.

¿Cuáles son los plazos de presentación?

  • Trimestrales: Los plazos son los primeros 20 días naturales del mes siguiente a cada trimestre, excepto en el segundo y cuarto trimestre, cuyo plazo finaliza:

    • 5 de agosto para el segundo trimestre.

    • 31 de enero para el cuarto trimestre.

  • Mensuales: El ingreso debe realizarse durante los 30 primeros días naturales del mes siguiente al periodo de liquidación mensual, o hasta el último día de febrero para la declaración de enero. Las declaraciones de junio, julio y diciembre pueden presentarse en:

    • 5 de agosto para junio.

    • 20 de septiembre para julio.

    • 31 de enero para diciembre.

💡 Si el vencimiento coincide con un sábado o festivo, el plazo se traslada al primer día hábil siguiente.

¿Cómo se realiza la tramitación telemática?

Para presentar el impuesto de forma telemática, es necesario disponer de un Certificado Digital válido. El proceso de presentación incluye los siguientes pasos:

  1. Acceder a la Declaración telemática de retenciones en la Sede Electrónica de la Hacienda de Navarra.

  2. Indicar los siguientes datos:

    • El modelo a presentar.

    • Los datos del presentador (representante titular del certificado de empresa).

    • El periodo de presentación.

    • El tipo de declaración a presentar.

    • En caso de presentarlo en representación, seleccionar "Colaborador sin PIN".

    • El idioma del modelo.

    • Identificación del contribuyente (CIF y denominación social de la empresa).

🚀 Para que PayFit pueda presentar el modelo tributario en representación de un CIF (empresa cliente), será necesario aceptar la solicitud de representación.

Álava

La presentación de los modelos tributarios se realiza mediante certificado digital a través del aplicativo en la Sede Electrónica de la Diputación Foral de Álava utilizando los siguientes modelos:

  • Modelo 110: Para retenciones de IRPF trimestral.

  • Modelo 111: Para retenciones de IRPF mensual.

También existe la opción de presentar estos modelos en formato papel. En este caso, se debe presentar un escrito adjuntando la documentación correspondiente y haciendo referencia a la autoliquidación pertinente.

¿Cuáles son los plazos de presentación?

  • Trimestrales: La presentación debe hacerse dentro de los primeros 25 días naturales de los meses de:

    • abril

    • julio

    • octubre

    • enero

  • Mensuales: La presentación debe realizarse durante los primeros 25 días naturales del mes siguiente al periodo de liquidación mensual, según corresponda. Sin embargo, la declaración correspondiente al mes de julio puede presentarse hasta el 10 de septiembre.

🚀 Para que PayFit pueda presentar el modelo tributario en representación de un CIF (empresa cliente), será necesario darse de alta como representante voluntario y aceptar dicha representación por parte de la empresa.

La representación puede ser aceptada de las siguientes maneras:

  1. Certificado Digital o BAKQ del interesado (empresa), accediendo al servicio de Representación Voluntaria.

  2. Envío de una clave SMS al representado, quien deberá proporcionársela al representante (PayFit). El representante accederá a la Sede Electrónica y aceptará la solicitud introduciendo la clave.

💡 El período de aceptación no será superior a 20 días naturales contados a partir del día siguiente al de la presentación de la solicitud de alta por parte del representante.

Vizcaya

La presentación de los modelos tributarios se realiza en la Sede Electrónica de la Hacienda de Vizcaya mediante los siguientes modelos:

  • Modelo 110: Para retenciones de IRPF trimestral.

  • Modelo 111: Para retenciones de IRPF mensual.

¿Cuáles son los plazos de presentación?

  • Trimestrales: Los plazos de presentación trimestrales son:

    1. 1er trimestre: del 1 al 25 de abril.

    1. 2º trimestre: del 1 al 26 de julio.

    2. 3er trimestre: del 1 al 25 de octubre.

    3. 4to trimestre: del 1 al 25 de enero.

  • Mensuales: El formulario debe presentarse del 1 al 25 del mes siguiente al periodo de liquidación.

¿Cómo se realiza la tramitación telemática?

Para tramitar de forma telemática el impuesto será necesario disponer de Certificado Digital válido y estar autorizado en el sistema BizkaiBai.

🚀 Para que PayFit pueda presentar el modelo tributario en representación de un CIF (empresa cliente), será necesario registrarse en el Registro Electrónico General de Apoderamientos (REA) para otorgar e inscribir apoderamiento para que actuemos de forma ágil y telemática en la Administración Foral.

Guipúzcoa

La presentación se realiza en la plataforma web ZergaBidea, el programa de ayuda de la Diputación Foral de Gipuzkoa. Es necesario descargar el aplicativo para presentar por internet el impuesto, mediante los siguientes modelos:

  • Modelo 110: Para retenciones de IRPF trimestral.

  • Modelo 111: Para retenciones de IRPF mensual, correspondiente a las grandes empresas.

¿Cuáles son los plazos de presentación?

  • Trimestrales:

    • El plazo para la presentación del modelo 110 es del 1 al 25 de cada mes siguiente al trimestre cumplido.

    • Para el cuarto trimestre, el plazo se extiende hasta el 31 de enero del año siguiente.

  • Mensuales:

    • El plazo es del 1 al 25 del mes siguiente al periodo de liquidación.

    • Excepciones:

      • Diciembre: se puede presentar hasta el 31 de enero del siguiente año.

      • Julio: la autoliquidación puede realizarse del 1 al 25 de agosto.

    Las declaraciones mensuales son obligatorias solo para empresas cuyo volumen de operaciones supere los 6.010.121,04 euros.

🚀 Para que PayFit pueda presentar el modelo tributario en representación de un CIF (empresa cliente), será necesario que valides la solicitud de representación tributaria pendiente. Únicamente deberás acceder con el certificado de empresa y aceptar la representación, previamente solicitada por PayFit.

¿Tienes alguna duda al respecto? Pregunta a Copilot y, si necesitas más ayuda, contacta con nosotros directamente desde ahí.

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