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¿Qué implicaciones tienen las huelgas y cómo registrarlo en PayFit?
¿Qué implicaciones tienen las huelgas y cómo registrarlo en PayFit?
Actualizado hace más de una semana

💡 Si alguno de tus empleados se plantea adherirse a una jornada de huelga convocada, ya sea prevista o no, hay ciertos puntos que debes tener en cuenta.

La huelga está reconocida como un derecho fundamental dentro de la Constitución e incorporada a los derechos laborales que forman parte del Estatuto de los Trabajadores.

La legislación contempla que, en caso de que un trabajador secunde una huelga, la relación laboral existente entre dicho empleado y su empleador quedará en suspenso, lo que significa que las obligaciones recíprocas contempladas en el contrato (por la que uno se obliga a trabajar y el otro a abonar una nómina por ello), quedan exoneradas, así como la obligación de cotizar a la Seguridad Social por parte de la empresa y del propio trabajador, que también se suspenderá.

¿Qué impacto tiene la huelga en las nóminas de mis empleados?

Recuerda que la huelga va a tener un doble impacto:

  1. Directamente sobre la retribución que cobra el empleado. Por cada día de huelga se debe descontar a los empleados la parte proporcional del salario base, los complementos salariales y extrasalariales fijos, la retribución correspondiente al descanso semanal y las pagas extraordinarias.

  2. En cuanto al impacto sobre la cotización a la Seguridad Social, el empleado que secunda la huelga a efectos de afiliación permanece en situación de inactividad, por lo que ese día no va a cotizar. El empleado entra en una situación de alta especial y su contrato de trabajo queda suspendido mientras dure la huelga.

    Esta suspensión puntual se tiene en cuenta tanto para el cómputo de la prestación por desempleo como para la incapacidad temporal.

    Ten en cuenta que la adhesión a una convocatoria de huelga no tiene ningún impacto sobre las vacaciones del empleado y los 14 festivos anuales previstos en el calendario laboral.

¿Cómo incluyo esta información en mi plataforma de PayFit?

Desde el menú de administrador haremos click en "Empleados" y seleccionaremos al empleado que secundó la huelga. Después iremos al apartado de "Vacaciones y ausencias" y bajaremos hasta la opción de "Ausencias y Permisos No Retribuidos". Haz click en "Añadir".

Se desplegará un menú con diferentes opciones y deberás escoger la opción "Huelga". Rellena la información solicitada: fecha de inicio y fecha de fin de la huelga. Haz click en "Validar".

Esta información tendrá un impacto en la nómina del empleado, que podrás ver directamente en PayFit.

ℹ️ En el caso de que tu empleado haya realizado una huelga parcial, únicamente debes habilitar la opción de "Se trata de una huelga parcial" y especificar el número de horas que el empleado ha secundado la huelga, tal y como puedes ver a continuación.

¿Puedo realizar configuraciones personales?

Algunas empresas deciden descontar 1 solo día de huelga a los empleados que secundan una jornada, en vez de los 1,4 días que tiene en cuenta la parte proporcional del fin de semana. Otras empresas, sin embargo, deciden no descontar ningún importe a los empleados que secundan una huelga.

Sea cual sea la decisión de tu empresa, desde PayFit tú mismo vas a poder configurar el impacto de la huelga en la nómina de tus empleados. ¿Cómo? A continuación te lo explicamos:

Paso 1. Accederemos a Configuración > Configuración avanzada > Ausencias y permisos.

Paso 2. Busca la opción de "Configuración del descuento por huelga" y activa la posibilidad de "Descontar un solo día de salario por cada día de huelga" o "No descontar salario de tus empleados durante las huelgas", haz click en "Guardar", tal y como te mostramos a continuación.

Desde este momento, PayFit tendrá en cuenta tu decisión a la hora de incluir el impacto de la huelga en la nómina de tus empleados.

Q&A Más relevantes

¿Es necesario que los empleados avisen a la empresa?

En ningún caso se requiere la necesidad de que los empleados comuniquen a la empresa su decisión de realizar o no huelga. El hecho de que la empresa pregunte al empleado puede considerarse una vulneración del derecho que tiene este a realizarla.

Al ser una huelga debidamente anunciada, el día de la huelga el empleado puede directamente no presentarse en su puesto de trabajo.

¿Todos los trabajadores de mi empresa tienen el mismo derecho a hacer huelga?

La huelga es un derecho laboral básico de los empleados, protegido por la Constitución. En relación con ello, este derecho se reconoce a todos los trabajadores por cuenta ajena, de manera que independientemente del contrato (temporal o indefinido), así como la jornada (completa o parcial), todos los trabajadores de la empresa tienen el mismo derecho a realizar la huelga.

Únicamente se limita este derecho a determinados colectivos a los que no se les reconoce, por las especiales características de su prestación de servicios. Estos son: miembros de las fuerzas armadas, jueces, magistrados y Fiscales en activo.

¿Puedo sancionar o despedir a un empleado por hacer huelga?

La empresa no puede despedir ni sancionar a los trabajadores con el motivo de la realización de la huelga. Si lo hiciera, estaría vulnerando un derecho fundamental del trabajador reconocido en la Constitución y el despido o sanción sería declarado nulo.

¿Puedo contratar a trabajadores que sustituían a los empleados huelguistas?

No se puede contratar a empleados de forma temporal para sustituir a aquellos trabajadores habituales de tu empresa que están realizando la huelga.

El objetivo de la huelga es presionar a la empresa y causar un perjuicio en ella, al no haber empleados realizando su prestación de servicios. Esta presión perdería eficacia y no se cumpliría la finalidad de la huelga convocada si se contratan empleados que sustituyan a los que no están.

¿Qué es un piquete? ¿Qué es el cierre patronal?

Los piquetes informativos son trabajadores que de forma voluntaria publicitan la huelga que están secundando de forma pasiva. Pueden interactuar con el resto de los compañeros con el objetivo de convencerlos para que no vayan a trabajar, pero nunca coaccionarlos.

Respecto el cierre patronal, se trata del cierre que lleva a cabo la empresa en caso de que peligre gravemente la integridad de los empleados que están trabajando en ella, o bien de las instalaciones o bienes de esta.

Se prevé que se puedan cerrar también locales de trabajo cuando se impida gravemente el proceso productivo.

¿Qué ocurre con los empleados que no desean apoyar la huelga?

Los trabajadores que decidan no apoyar la huelga tienen derecho a acudir a su puesto de trabajo con normalidad. Los piquetes informativos están permitidos, pero no pueden en ningún caso impedir que los trabajadores que lo deseen continúen con su actividad laboral normal.

¿Tienes alguna duda al respecto? Recuerda que puedes enviarnos un mensaje haciendo click en este icono

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