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¿En qué consiste la sentencia del Tribunal Supremo sobre el permiso por nacimiento regulado en convenio?

Actualizado hace más de un mes

🚀 ¿Sabías que el permiso por nacimiento regulado en convenio ya no se aplica?
La sentencia del Tribunal Supremo redefine los derechos tras el nacimiento de un hijo. Descubre cómo las nuevas normativas afectan a empresas y trabajadores. ¡Te explicamos todos los detalles!

La sentencia N.º 98/2021 de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo establece que el permiso por nacimiento regulado en los convenios colectivos ya no se suma al permiso de paternidad general.

¿Cuáles son los puntos clave de la sentencia?

La empresa ya no está obligada a conceder los 2 días de permiso por nacimiento que antes se reconocían en los convenios colectivos y en el Estatuto de los Trabajadores.

Con las reformas legales recientes, el permiso de paternidad se ha igualado en duración al permiso por maternidad, eliminando así la necesidad de un permiso adicional. Este permiso nació para compensar los escasos días otorgados originalmente al segundo progenitor.

¿Cuáles son las nuevas reglas para ambos progenitores tras el nacimiento de un hijo?

Las seis primeras semanas después del nacimiento son obligatorias y de disfrute simultáneo para ambos progenitores. Esta disposición elimina la necesidad del permiso de dos días, ya que el contrato se suspende inmediatamente tras el nacimiento.

El Tribunal Supremo considera que aplicar el permiso de convenio generaría una disparidad en el descanso: el otro progenitor podría tener más tiempo de descanso que la madre biológica, lo cual carece de sentido en este contexto.

💡 Según el Tribunal Supremo, las empresas ya no están obligadas a conceder los días de permiso por nacimiento que aparecían en los convenios colectivos, debido a las nuevas disposiciones legales sobre el permiso de paternidad.

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