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¿Qué establece la Ley Rider sobre la relación laboral entre repartidores y plataformas digitales?

Actualizado hace más de un mes

🚀 ¿Sabías que la Ley Rider garantiza la relación laboral entre repartidores y plataformas digitales? Descubre cómo protege sus derechos y regula el uso de algoritmos. ¡Te lo explicamos!

El miércoles 12 de mayo de 2021 se publicó el Real Decreto-ley 9/2021, conocido como la Ley Rider, tras negociaciones entre sindicatos y asociaciones empresariales. Esta ley busca proteger los derechos laborales de los repartidores de plataformas digitales, asegurando su laboralización.

¿Cuál es el objetivo de la Ley Rider?

La Ley Rider fue creada para garantizar que los repartidores de productos o mercancías en plataformas digitales tengan una relación laboral reconocida.

Posteriormente, la Ley 12/2021, de 28 de septiembre, reemplazó el Real Decreto-ley 9/2021 e incorporó la disposición adicional vigesimotercera al Estatuto de los Trabajadores, presumiendo que los repartidores de plataformas digitales son trabajadores por cuenta ajena y no autónomos.

¿Qué requisitos determinan la presunción de una relación laboral entre repartidores y plataformas digitales?

La disposición adicional vigesimotercera presume una relación laboral entre los repartidores y las plataformas digitales, en línea con el artículo 8.1 del Estatuto de los Trabajadores. Según este artículo, se considera una relación laboral cuando la persona sigue directrices y no tiene autonomía en su trabajo, como ocurre con los riders.

Para determinar la relación laboral de los repartidores, deben cumplirse los siguientes requisitos:

  • Dirección del empleador: El empleador ejerce control directo o indirecto sobre el trabajador mediante la plataforma digital.

  • Uso de algoritmos: Si un algoritmo gestiona el servicio o define las condiciones de trabajo, se establece una dependencia jurídica que confirma la relación laboral.

ℹ️ Estos factores indican que los riders no tienen poder de decisión ni de organización en su trabajo.

¿Qué exige la Ley Rider sobre la transparencia en el uso de algoritmos en las empresas?

La Ley Rider también modificó el artículo 64.4 del Estatuto de los Trabajadores, añadiendo un apartado que exige que las empresas informen sobre los parámetros, reglas e instrucciones de los algoritmos o sistemas de inteligencia artificial que afectan las condiciones de trabajo y el acceso al empleo.

Esta modificación reconoce que los algoritmos influyen directamente en las condiciones laborales de los riders, quienes dependen de la aplicación para recibir instrucciones sobre sus repartos.

¿Qué impacto tiene la Ley Rider?

Con esta nueva regulación, las irregularidades en la contratación de los riders se corrigen, permitiendo que pasen a formar parte del Régimen General de la Seguridad Social y reciban los derechos y deberes correspondientes. Esta regulación, incluida en el Estatuto de los Trabajadores mediante la disposición adicional vigesimotercera, marca un avance en la protección de los repartidores digitales.

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